¡Protegemos lo que más te importa!

Preguntas Frecuentes

¿Cómo puedo contratar los servicios de seguridad de Covitec Ltda?

Para contratar nuestros servicios, puedes contactarnos directamente a través de nuestro formulario en la página web o llamarnos a nuestra línea de atención al cliente. Uno de nuestros asesores te guiará en cada paso, desde la evaluación de tus necesidades hasta la firma del contrato.

Claro, ofrecemos asesorías personalizadas sin costo adicional. Nuestro equipo realizará un análisis de tus necesidades de seguridad y te recomendará las soluciones más adecuadas.

La confidencialidad es una prioridad para nosotros. Contamos con políticas estrictas y tecnología avanzada para proteger los datos personales y la información de seguridad de nuestros clientes.

Covitec Ltda cuenta con certificaciones reconocidas en la industria de la seguridad, lo cual garantiza que nuestros servicios cumplen con altos estándares de calidad y seguridad. Detalles específicos están disponibles en nuestra sección de «Nosotros».

No, no es recomendable contratar servicios de vigilancia con empresas que no cuenten con la licencia correspondiente expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. La ley exige que todas las empresas que presten servicios de vigilancia cuenten con una licencia que garantice su legalidad y cumplimiento de estándares de seguridad.

No, los servicios de conserjería no son una alternativa a los servicios de vigilancia y seguridad privada. Si bien los conserjes pueden realizar funciones auxiliares, no están capacitados ni autorizados para cumplir con tareas de seguridad como la vigilancia de propiedades o el control de acceso. Para este tipo de servicios, se debe contratar una empresa especializada en seguridad privada con licencia.

  1. Las funciones de los vigilantes incluyen:
    – Controlar el acceso y salida de personas, vehículos y bienes.
    – Realizar patrullajes y rondas de vigilancia en las instalaciones.
    – Monitorear sistemas de alarmas y cámaras de seguridad.
    – Reportar cualquier incidencia, como robos, accidentes o situaciones de riesgo.
    – Colaborar en el control de emergencias y la evacuación de personas si es necesario.

Los cooperados son personas vinculadas a una cooperativa de seguridad que, a diferencia de los trabajadores, no están bajo una relación laboral directa, sino que prestan sus servicios bajo un modelo cooperativo. Los trabajadores de una empresa de seguridad, en cambio, están contratados bajo un contrato laboral formal, con derechos y beneficios según la legislación laboral vigente.

Sí, es obligatorio para las copropiedades cumplir con el régimen de tarifas establecido por la Superintendencia de Vigilancia. Esta normativa tiene como objetivo regular los precios de los servicios de seguridad privada y asegurar que las copropiedades reciban un servicio adecuado y a un costo justo, garantizando la transparencia en las contrataciones de seguridad.

Sí, es obligatorio para las copropiedades cumplir con el régimen de tarifas establecido por la Superintendencia de Vigilancia. Esta normativa tiene como objetivo regular los precios de los servicios de seguridad privada y asegurar que las copropiedades reciban un servicio adecuado y a un costo justo, garantizando la transparencia en las contrataciones de seguridad.